sábado, 18 de mayo de 2013

Principios Constitucionales en materia Tributaria. Proporcionalidad.


Principios Constitucionales en materia Tributaria. Proporcionalidad.


            En materia fiscal se considera potestad tributaria a la facultad jurídica que tiene el Estado de imponer tributos por encima de la voluntad de los ciudadanos que se encuentras dentro de su jurisdicción y  bajo determinadas hipótesis contenidas en ley como la obtención de riqueza, gasto y consumo.

            Incluso el articulo 31 fracción IV Constitucional indica que “son obligaciones de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”,  es decir, en ella se considera que las principales características que toda ley tributaria debe poseer para su validez es la de establecer contribuciones o tributos que sean precisamente proporcionales, equitativos y estar destinados al pago de los gastos públicos; aunque cabe señalar que generalmente, es difícil determinar exactamente cuándo un tributo cumplirá con la característica de ser proporcional y equitativo.

            Sin embargo, aunque nuestra Constitución faculta al Poder Legislativo para establecer todo tipo de contribuciones, no debe considerarse como una facultad ilimitada, ya que la misma Ley, es quien fija en materia tributaria algunos principios que representan para todo ciudadano una garantía de defensa contra posibles arbitrariedades tanto de parte del legislador como de las autoridades fiscales; por ejemplo, algunos de ellos son el principio de legalidad, igualdad, generalidad, equidad y el que analizaremos en este artículo: el principio de proporcionalidad, el cual hace referencia a que los sujetos pasivos deben contribuir al gasto público en función de sus respectivas capacidades económicas, aportando a la Hacienda Pública una parte justa y adecuada de sus ingresos, utilidades o rendimientos, pero nunca una cantidad incoherente que represente el total de los ingresos que perciban, pues en este caso se estaría utilizando a los impuestos como un medio que el estado emplea para confiscar bienes a los ciudadanos. Por ello, los gravámenes (como bien se ha mencionado anteriormente) deben estar de acuerdo con la capacidad económica de las personas, de manera que es razonable exigir que paguen más quienes perciban más en correspondencia con sus bienes de riqueza, ingresos y consumos.

            Por consiguiente, considero de vital importancia quitar los porcentajes asignados a cada impuesto que los contribuyentes deben pagar, ya que al asignar un porcentaje para todos los ciudadanos sin tomar en consideración el nivel de ingresos de cada uno, no cumple con este principio de proporcionalidad debido a que la carga financiera es mas para nosotros que para los grandes empresarios de nuestro país, por lo cual propongo establecer en su lugar tablas progresivas que permitan el pago de tributos de acuerdo al total de ingresos percibidos por cada contribuyente.

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