Principios Constitucionales en materia Tributaria.
Proporcionalidad.
En materia fiscal se considera potestad tributaria a la
facultad jurídica que tiene el Estado de imponer tributos por encima de la
voluntad de los ciudadanos que se encuentras dentro de su jurisdicción y bajo determinadas hipótesis contenidas en ley
como la obtención de riqueza, gasto y consumo.
Incluso el articulo 31 fracción IV Constitucional indica
que “son obligaciones de los mexicanos contribuir para los gastos públicos, así
de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que
residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”, es decir, en ella se considera que las
principales características que toda ley tributaria debe poseer para su validez
es la de establecer contribuciones o tributos que sean precisamente
proporcionales, equitativos y estar destinados al pago de los gastos públicos;
aunque cabe señalar que generalmente, es difícil determinar exactamente cuándo
un tributo cumplirá con la característica de ser proporcional y equitativo.
Sin embargo, aunque nuestra Constitución faculta al Poder
Legislativo para establecer todo tipo de contribuciones, no debe considerarse
como una facultad ilimitada, ya que la misma Ley, es quien fija en materia
tributaria algunos principios que representan para todo ciudadano una garantía
de defensa contra posibles arbitrariedades tanto de parte del legislador como
de las autoridades fiscales; por ejemplo, algunos de ellos son el principio de
legalidad, igualdad, generalidad, equidad y el que analizaremos en este artículo:
el principio de proporcionalidad, el cual hace referencia a que los sujetos
pasivos deben contribuir al gasto público en función de sus respectivas
capacidades económicas, aportando a la Hacienda Pública una parte justa y
adecuada de sus ingresos, utilidades o rendimientos, pero nunca una cantidad incoherente
que represente el total de los ingresos que perciban, pues en este caso se
estaría utilizando a los impuestos como un medio que el estado emplea para confiscar
bienes a los ciudadanos. Por ello, los gravámenes (como bien se ha mencionado
anteriormente) deben estar de acuerdo con la capacidad económica de las
personas, de manera que es razonable exigir que paguen más quienes perciban más
en correspondencia con sus bienes de riqueza, ingresos y consumos.
Por consiguiente, considero de vital importancia quitar los
porcentajes asignados a cada impuesto que los contribuyentes deben pagar, ya
que al asignar un porcentaje para todos los ciudadanos sin tomar en
consideración el nivel de ingresos de cada uno, no cumple con este principio de
proporcionalidad debido a que la carga financiera es mas para nosotros que para
los grandes empresarios de nuestro país, por lo cual propongo establecer en su
lugar tablas progresivas que permitan el pago de tributos de acuerdo al total
de ingresos percibidos por cada contribuyente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario